7 de junio de 2011

La Prescripción de la Justicia

Las Flaquezas de la Suprema Corte y los Delitos de Lesa Humanidad.

Condenado por la OEA y criticado por la ONU, el Estado uruguayo puede volver a constituirse estos días en noticia internacional, si la Suprema Corte de Justicia sanciona a un magistrado por reivindicar el derecho a la verdad y la justicia, o en algún momento termina por desconocer que las violaciones a los derechos humanos de la dictadura son crímenes de lesa humanidad. La prescripción que se viene sería, entonces, la de la propia justicia.

ROGER RODRIGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy

El escenario judicial uruguayo emergió a las primeras planas y espacios de los medios de comunicación una vez que se despejó el humo del debate parlamentario sobre la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado ante la lucha “contra reloj” que tendrán las causas sobre violaciones a los derechos humanos cuando se señala que todos los crímenes que no se hayan denunciado pueden prescribir el próximo 31 de octubre.

Uruguay ya fue noticia internacional días atrás cuando la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navi Pillay, lamentó que el Parlamento uruguayo no anulara la ley de caducidad. “Se sigue haciendo cuesta arriba abordar el legado de muchos años de abusos sistemáticos por parte del Estado”, dijo Pillay, quien agregó que “las transiciones democráticas son incompletas si no pueden concluir las reformas institucionales apropiadas, incluidos los procesos de justicia transicional”.

Al hablar sobre Uruguay ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Pillay sostuvo que "el fracaso en fortalecer las nuevas instituciones lleva no solo a la impunidad de pasadas violaciones de los derechos humanos, sino a nuevas violaciones, corrupción y crimen organizado" y coincidió con Amnistía Internacional al lamentarse de que Uruguay haya perdido "una oportunidad histórica de hacer justicia para las víctimas de los abusos contra dichos derechos cometidos durante el gobierno militar".

La advertencia, se sumó a la que habían realizado en un comunicado de prensa las abogadas Ariela Peralta y Liliana Tojo, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), quienes recordaron que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el Caso Gelman obliga al Estado uruguayo a dejar sin efectos la ley de caducidad y debe remover los obstáculos que existan para asegurar la verdad y la justicia a las victimas.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia puede transformarse en una nueva noticia con repercusiones internacionales, por la decisión adoptada ante el planteo de una fiscal sobre si se puede o no tipificar como crimen de lesa humanidad los casos de homicidio político durante la dictadura y ante la posibilidad de que se sancione a una jueza por su eventual participación en la marcha del silencio.

La jueza penal de 7º turno, Mariana Mota, que instruye varios de los más importante casos de denuncias sobre violaciones a los derechos humanos, fue interrogada por la jerarquía Judicial ante una denuncia de prensa sobre su presencia en la marcha del pasado 20 de mayo. Mota respondió con un extenso alegato y cualquier sanción que eventualmente decida aplicarle la Suprema Corte se transformaría en argumento para su recusación en cada una de las causas que hoy lleva adelante.
Homicidio o desaparición

Desde el 14 de abril de 2010 el máximo órgano judicial venía estudiando una serie de reclamos interpuestos por la defensa y por el ministerio público ante la sentencia por la que el 29 de marzo de 2009 el juez penal de 19º turno, Luis Charles, resolvió la condena a 25 años de prisión de los ex coroneles José Nino Gavazzo y Ricardo Arab, entre otros, como autores responsables de 28 homicidios especialmente agravados.

El juez Charles había instruido desde el año 2006 el caso de desaparición en Argentina en 1976 del uruguayo Adalberto Soba, que había derivado en la causa conocida como la del “Segundo vuelo de Orletti”, donde una veintena de uruguayos, secuestrados en Buenos Aires y torturados en el “pozo” Automotores Orletti, había sido trasladada ilegalmente a Uruguay donde se los ejecutó sumariamente y se desapareció sus cuerpos.

La sentencia de Charles, apelada por la defensa y por la fiscalía, fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno el 4 de febrero de 2010, por lo que los abogados de Gavazzo y Arab y el propio ministerio público plantearon recursos de casación ante la Suprema Corte de Justicia. Los defensores, en contra de la condena y la fiscal Mirtha Guianze en contra de la tipificación del delito.

Los abogados de Gavazzo y Arab plantearon que los imputados debían ser amparados en la Ley de Caducidad en la medida que se trataba de una amnistía, afirmaron además que los crímenes que se les adjudicaban habían prescripto, que tampoco podía ampliarse la prescripción porque ambos reos a su edad y estado de salud no era peligrosos y que no podía tipificárseles un delito de homicidio cuando no había cadáveres.

La fiscal Guianze, por su parte, consideraba que la figura a aplicar era la de una desaparición forzada dado su carácter de delito pluriofensivo y su condición de crimen de lesa humanidad. Guianze abundó en ejemplos de derecho internacional, sentencias en distintos países, convenciones y tratados vigentes desde 1945, para fundamentar el carácter permanente e imprescriptible del delito cometido.

La resolución de la Suprema Corte, fechada el 6 de mayo último, redactada por el ministro Jorge Ruibal Pino, apoyada por los jueces Jorge Chediak, Daniel Gutiérrez y Jorge Larrieux, con el voto desconforme del presidente Leslie Van Rompaey, descartó los reclamos: Mantuvo la condena por 28 homicidios especialmente agravados y rechazó el planteo de la fiscalía de tipificarlos como casos de desaparición forzada.
Lesa humanidad o no

El propio presidente de la Corte, Leslie Van Rompaey, había fundamentado en solitario que “aún cuando esta figura delictiva no estuviere incorporada a la legislación nacional a la época del comienzo de consumación con la privación injusta de libertad de las víctimas, no resulta impedida por una aplicación estricta del principio de legalidad y el de irretroactividad de la norma penal, por cuanto el delito de desaparición forzada se sigue consumando en la actualidad, día a día, hasta la aparición de los cuerpos de quienes fueran ultimados por los agentes estatales”. Es decir, lo que alguna vez Isabel Letelier denominó como el “derecho al cadáver”.

La sentencia de los magistrados no analizó entonces uno de los temas de fondo planteado por la fiscal Guianze sobre si se trataba o no de crímenes de lesa humanidad y por tanto era imprescriptibles. Y tampoco lo hizo en las últimas horas al responder con cierto malestar al nuevo pedido del ministerio público que fue cuestionado por los ministros como la búsqueda de "un precedente para hacer valer en otras causas, lo que no es admisible en este proceso", rezongó.

El órgano judicial sostuvo finalmente que “pronunciarse o aclarar cuál es la posición de la Corte con respecto a los principios orientadores del sistema interamericano de los derechos humanos, tal como lo pretende la representante del Ministerio Público, haría incurrir a la Corporación en una suerte de desborde respecto de los límites del proceso penal y ajeno a la naturaleza misma del medio impugnativo movilizado, así como recaer una posible causal de prejuzgamiento"

Al evitar un prejuzgamiento, los ministros de justicia pospusieron una vez más un pronunciamiento, que haría jurisprudencia, sobre si las violaciones a los derechos humanos son o no crímenes de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles. La nueva definición de la Corte deja ahora en manos del Parlamento la posibilidad de aprobar –antes del próximo 31 de octubre- una ley que amplíe los casos de prescripción previstos en el Código Penal, como propuso en Caras&Caretas, Alberto Pérez Pérez, miembro de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los observadores y defensores de los derechos humanos tendrán que esperar, ahora, cuál será la caracterización que el máximo órgano judicial uruguayo dará a la serie de casos por tortura que se han presentado en el presente año ante los juzgados penales, cuando el delito está tipificado como crimen de lesa humanidad en el Tratado de Nuremberg de 1945, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y la Convención de Ginebra de 1949, ratificada por Uruguay en 1968.

La Suprema Corte ya ha considerado que el secuestro, la tortura, el traslado ilegal, la ejecución y la desaparición sobre una persona, no constituye un crimen de lesa humanidad y sostuvo que sólo se podría aplicar esa tipificación -establecida en la Ley 18.026 de setiembre de 2006- si los delitos se volverán a cometer en el futuro. Lo paradójico es que esa ley incorporó a la legislación uruguaya las normas internacionales establecidas en el Tratado de Roma, precisamente, para que esos crímenes no ocurrieran nunca más.

Publicado el Viernes 3 de Junio de 2011 en Caras y Caretas.
 
Corte Ratifica La Impunidad.


La Suprema Corte de Justicia ratificó este lunes por mayoría, en acuerdo de ministros, que los delitos cometidos por militares durante la dictadura (1973-1985) son ilícitos comunes y no de lesa humanidad, lo que significa que prescribirán el próximo 1º de noviembre.
La ratificación fue realizada como respuesta a un pedido de aclaración formulado por la fiscal penal Mirtha Guianze, en relación a la sentencia de la Corte del pasado 6 de mayo que condenó a los ex militares José Gavazzo y Ricardo Arab a 25 años de prisión, como responsables de 28 homicidios muy especialmente agravados, según publica este martes El País.
Dicha sentencia descartó una imputación de la fiscal Guianze, que acusó a Gavazzo y Arab de delitos de desaparición forzada, considerados de lesa humanidad y contemplados en la ley 18.026.
Al considerar la Corte que los homicidios muy especialmente agravados –figura con la que se procesó a la mayoría de los ex militares y ex policías recluidos en la cárcel de Domingo Arena- no son de lesa humanidad sino delitos comunes, éstos se contabilizan desde el 1º de marzo de 1985 y, según el Código Penal, prescriben el 1º de noviembre.


Fuente: Observa


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Mota y Guianze Siguen Por Verdad y Justicia.


Con el procesamiento del ex canciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco en 2001 por la desaparición de la maestra Elena Quinteros se abrió una nueva etapa en la Justicia. Con la fiscal Mirtha Guianze a la cabeza se reabrieron decenas de causas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.
A su despacho llegaron las denuncias contra los principales militares que estuvieron al frente de la represión. Por la acción de la fiscal, fueron primero procesados y luego condenados José Gavazzo, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Ricardo Arab, Ernesto Ramas, Gilberto Vázquez, Luis Maurente, José Sande Lima, el ex dictador Gregorio Álvarez, Juan Carlos Larcebeau y Erneso Soca, hoy recluidos en la Cárcel Militar de Domingo Arena.
Su postura le valió el aplauso de la izquierda y de las organizaciones de derechos humanos y la crítica de la derecha que la tachó de ser una fiscal “tupamara”. Los militares procesados sacaron a relucir el vínculo de su esposo, José Alvarizza, con el MLN, y señalaron que había sido procesado en 1972. Luego ella explicó:  “A mi marido le pidieron esconder gente del M.L.N. cuando este ya estaba desbaratado y él habló  para conseguir un lugar”, y concluyó que se ha hecho del tema “una bulla excesiva”.
La fiscal dijo a El Observador que se le hizo mucha campaña en contra. Relató que cuando pidió el procesamiento de Blanco, el entonces ministro de Defensa, Yamandú Fau y los comandantes en jefe le “cayeron duro”. Afirmó que el ministro de Educación de la época, Leonardo Guzmán -de donde dependen jerárquicamente los fiscales- quiso sacarla de la órbita penal por considerar que había cometido “un grueso error de derecho”.
Guianze sostuvo que con la llegada de Tabaré Vázquez al gobierno obtuvo respaldo para investigar las causas pero más tarde desde la oposición y desde la propia Presidencia (con el secretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández a la cabeza) le hicieron una “zancadilla” para impedir que llegara a la Fiscalía de Corte.
Pero Guianze no es la única magistrada que se ha embarcado en el esclarecimiento de estas causas. Hay casi una veintena repartidas entre distintos jueces y fiscales que están investigando lo que ha ocurrido en el pasado (ver pieza aparte).
La jueza penal Mariana Mota al llegar al juzgado penal de 7o turno, proveniente de Ciudad de la Costa, heredó cinco causas que ya estaban en ese juzgado, entre ellas la de Juan María Bordaberry procesado por la jueza Graciela Gatti y condenado por Mota por diez homicidios cometidos en la dictadura.
También heredó el expediente por la desaparición de los militantes del Partido Por la Victoria del Pueblo, Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana, por la que procesó al coronel Carlos Calcagno.
A pesar de que Calcagno negó su participación en la detención y tortura de los desaparecidos en Paraguay, la jueza se basó en documentación de la dictadura de ese país que “evidencian que tomó parte en los interrogatorios bajo tortura de Inzaurralde y Santana”, dijo en su fallo.
Mota afirmó que “el principio de que nadie está obligado a probar en su contra” es “obsoleto y profundamente injusto”.
El ex presidente Jorge Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre señalaron: “Significa claramente que todos tenemos que probar nuestra inocencia y, según este fallo, los jueces pueden, por convicción, aunque sea sin pruebas, condenarnos a todos”.
El Colegio de Abogados del Uruguay (CAU) cuestionó la posición de la magistrada por ser “opuesta a los principios” del Derecho en Uruguay y “descalificadora del principio de inocencia consagrado” en la Constitución.

La verdad “por dentro”

En diálogo con El Observador Mota dijo que su “pecado” fue investigar y luego calificar los delitos como crímenes de lesa humanidad. La jueza aseguró que a partir de estas calificaciones, comenzó una campaña en su contra que busca “destuir” su imagen y que va a seguir.
Mota dijo que el cuestionamiento del Colegio de Abogados “le dolió mucho” porque jamás había tenido problemas con el órgano que “salió a decir algo muy ofensivo” . 
La jueza tiene 47 años y señaló que cuando sucedieron estos hechos iba a la escuela. Aseguró que “nunca” tuvo militancia partidiaria en la izquierda, ni la hubo en su familia. A pesar de que hay abogados que afirmaron en estos días que militó en la Unión de Juventudes Comunistas (UJC), lo negó y aseguró que su única militancia fue en la Universidad y “en extensión universitaria, jamás en política”.
La magistrada no siempre tuvo la misma postura frente a los casos de derechos humanos, sino que la adoptó luego que empezó a investigar.
“Estar en las causas por dentro me ha hecho caer en la realidad. De afuera uno tiende a idealizar pero desde adentro me di cuenta que en aquel momento las cosas eran difíciles y que no se puede tomar partido ni de un lado ni del otro”, reflexionó.
En estos casos como en cualquier otro que llega a su despecho intenta “averiguar como ocurrieron los hechos”, dijo.
Pero en estos expedientes se topó con una dificultad como es la ley de Caducidad “porque no permite avanzar” y resulta “molesto”.
De todos modos, admitió que  el tema esta “demasiado politizado” y por ello está pagando “el tributo” de asumir una postura que a su juicio es técnica y no política.  
En la misma línea argumentó la fiscal Guianze. La magistrada dijo a El Observador que su posición política no le influyó en los fallos que ha dictado. 
De hecho, mencionó la postura que han asumido otros jueces “jóvenes” y  que “no han tenido militancia política jamás”, como el caso del juez Luis Charles, quien procesó al mayor número de militares, o el juez Eduardo Pereyra, quien tiene a su cargo la muerte de Gerardo Alter.
“Son personas honestas que luego de investigar estos casos e informarse con exactitud  de lo que ocurrió siguen para adelante”, afirmó.
La fiscal negó rotundamente tener una postura vengativa como se le ha endilgado. Como prueba de ello, dijo que no se opone a una ley que les permita a los militares recuperar la libertad, si tuvieran la actitud de reconocer que estuvieron mal.
Ser y parecer
La presencia de la jueza Mota en la marcha del silencio, que se organiza desde la salida democrática para reclamar conocer la verdad sobre lo ocurrido con los detenidos desaparecidos, desató la indignación de los militares que vienen siendo indagados por la Justicia y de sus defensores.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia dejó el episodio en un rezongo por lo que consideró “una falta ética”. Mota disintió. A su juicio no faltó a la ética porque no cree que se trate de una actividad político partidaria.
Además aseguró que no fue algo premeditado. Había quedado de encontrarse con su marido en la Plaza de los Treinta y Tres, y al llegar allí se topó con la marcha y saludó al abogado denunciante de varias de las causas, Oscar López Goldaracena. “me quieren presentar como una jueza parcializada pero no es así. Tengo la conciencia tranquila”, concluyó Mota.

Desaparición y homicidio

Tanto la jueza Mariana Mota como la fiscal Mirtha Guianze seguirán peleando por tipificar los delitos cometidos durante la dictadura como crímenes de lesa humanidad y por lo tanto, como delitos imprescriptibles. Ambas magistradas creen que la independencia técnica de la que gozan, les permite mantener su posición más allá de que la jurisprudencia falle en sentido contrario.
Mota dijo que el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia que confirmó que los delitos cometidos son homicidios muy especialmente agravados y no desaparición forzada, no la obliga a fallar en ese sentido.
Agregó que ella como magistrada debe juzgar según su leal saber y entender. Y seguirá juzgando de esa manera aunque cada vez los defensores apelen. Los tribunales de apelaciones y la Suprema Corte deberán estudiar cada caso y resolver. A juicio de la magistrada llegará un momento en que la Suprema Corte cambiará su posición.
Mota y Guianze destacaron la posición del presidente de la SCJ, Leslie Van Rompaey, único  ministro que opinó que se debe tipificar desaparición forzada. En su discordia planteó que ese delito por ser permanente, “se sigue consumando en la actualidad, hasta la aparición de los cuerpos de quienes fueron ultimados por los agentes estatales”. Desde su punto de vista aunque el delito haya sido incorporado a la legislación nacional en el 2006, no impide su aplicación al caso.
En base a esa posición, la jueza y la fiscal seguirán investigando los casos luego de noviembre, a pesar de que la mayoría de la jurisprudencia  afirme que a partir de ese momento los delitos prescriben y no se puede seguir investigando si no hay un pedido de procesamiento.

Fuente: Observa

Disparan Sobre la Jueza Mota


La Ofensiva Contra los Jueces en Casos de Derechos Humanos.

El ataque político, técnico-profesional y personal contra la jueza penal de 7º turno, doctora Mariana Mota, promete llegar a niveles extremos. Como ocurrió con los magistrados Alberto Reyes, Alejandro Recarey y Gustavo Mirabal, desde distintos flancos se busca deteriorar la imagen de la jueza que condenó al dictador Juan María Bordaberry y a varios militares por delitos que no dudó en tipificar como crímenes de lesa humanidad. En tiempos de impunidad, el sistema judicial desnuda su fragilidad cuando gobierno y parlamento no le dan apoyo para su mejor funcionamiento.

ROGER RODRIGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy

Pocos imaginaron que esa mujer delgada, de pelo corto, casi tímida y de voz suave podría llegar a ser temida por los militares y policías que violaron los derechos humanos en los años de la dictadura. Sus antecedentes en el juzgado penal de 3º turno en la ciudad de la costa adelantaban su coraje para enfrentar a toda una mafia del contrabando que llevó a una serie de procesamientos en la Aduana del Aeropuerto de Carrasco. Pero, cuando la doctora Mariana Mota fue designada en el juzgado penal de 7º turno, muchos impunes suspiraban de alivio, por el traslado a los juzgados especial sobre ilícitos económicos de la jueza Graciela Gatti, quien había abierto la causa y ordenado el procesamiento con prisión del dictador Juan María Bordaberry.

La jueza Mota heredó un juzgado “caliente”, donde la causa Bordaberry no parecía una prioridad. En sus manos había quedado el caso de los hermanos José, Jorge y Juan Peirano Facio y el incidente de espionaje del ex agente del SIDE argentino, Iván Velázquez, un hacker que había perfeccionado un programa a través de Internet con el que se infiltró en documentos y secretos de autoridades, dirigentes políticos y periodistas de ambas márgenes del Río de la Plata. Mota tuvo que otorgarles la libertad a José y Jorge Peirano porque el Parlamento derogó una ley que los mantenía presos, pero a la vez mantuvo encarcelado a Juan Peirano tras su extradición desde Estados Unidos. Velázquez también fue procesado con prisión luego de espiar a la propia policía uruguaya que le pidió “ayuda” en la instalación de un software.

Desde que llegó al juzgado, Mariana Mota estudió detenidamente el voluminoso expediente contra Bordaberry, donde la denuncia original interpuesta por los abogados Hebe Martínez Burlé y Walter De León, habían permitido recabar testimonios y pruebas sobre decenas de crímenes de lesa humanidad ocurridas durante el mandato del dictador que el ministerio público a cargo de la doctora Ana María Telechea fue “acordonando” como causas a profundizar. Mota modificó la carátula de homicidios con que Gatti había encausado a Bordaberry por los casos de desaparecidos y los tipificó como desapariciones forzadas, a la vez que admitió que el presidente que disolvió el parlamento en 1973 había atentado contra la Constitución. Por primera vez un dictador fue condenado como tal.

La jueza Mota y la fiscal Telechea avanzaron sobre los casos “acordonados” y coincidieron en encarcelar a los oficiales aeronáuticos José Araújo Umpiérrez y Enrique Rivero por el homicidio del militante comunista Ubagesner Chaves Sosa, cuyo cuerpo desaparecido había sido ubicado en una chacra de Pando en el informe que la propia Fuerza Aérea entregó al presidente Tabaré Vázquez en 2005. Paralelamente, se planteó a la Suprema Corte de Justicia un recurso de inconstitucionalidad sobre 19 casos de muertes por tortura durante el ese período de la dictadura y otro similar por el caso del fusilamiento sumario de cinco tupamaros que habían sido secuestrados en Argentina y cuyos cuerpos acribillados fueron encontrados cerca de la localidad de Soca, como supuesta represalia ante el homicidio del coronel Ramón Trabal en París, en diciembre de 1974.

En el juzgado de 7º turno también se resolvió el procesamiento del coronel Carlos Calcagno por la desaparición de los uruguayos Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana en Paraguay en 1977 y se reinició la investigación sobre la desaparición en Maldonado del dirigente frenteamplista Horacio Gelós Bonilla, que el presidente José Mujica excluyó de la Ley de Caducidad. El trabajo de Mota se amplió cuando la Suprema Corte de Justicia –como lo había hecho con la muerte de Nybia Sabalsagaray- consideró inconstitucional la polémica Ley 15.848 en los 19 casos de muerte por tortura y en los fusilamientos de Soca, sobre los que había recurrido la fiscal Telechea. Desde entonces, también pasaron a instruir el caso de desaparición del maestro Julio Castro y recibieron nuevas denuncias por torturas en Bosio Lanza y sobre el caso de Antonio Viana Acosta.

El protagonismo adquirido por la jueza Mota (de bajo perfil mediático y a quien no le gusta salir ni en fotografías) y la fiscal Telechea (que seguía los pasos de la fiscal Mirtha Guianze), no tardó en ser atacado por los sectores y estructuras que defienden a los militares encausados por violaciones a los derechos humanos. Adelantando una estrategia que a principios de este año se hizo expresa con la creación del denominado Foro Libertad y Concordia, desde un par de importantes estudios de abogados se comenzó a diseñar una ofensiva que viene disparando sobre la representante del ministerio público y contra la propia jueza en el debate jurídico y a través de una serie de “chicanas” y recursos administrativos que han logrado enlentecer los procesos para llegar a noviembre próximo, fecha prevista para la prescripción de los delitos.
Esa molesta justicia

No es la primera vez que jueces que intentaron avanzar en la investigación de violaciones a los derechos humanos terminan siendo cuestionados. En 1997 el juez Alberto Reyes quiso iniciar las excavaciones en los Batallones 13 y 14 en busca de los desaparecidos y chocó con una resolución del presidente Julio María Sanguinetti quien “estiró” la Ley de Caducidad para impedirlo. En 2003, el juez Gustavo Mirabal impulsó la investigación sobre la desaparición de María Claudia García de Gelman y en tres oportunidades fue detenido por el fiscal Enrique Moller. Mirabal terminó pidiendo su traslado a un juzgado de lo contencioso administrativo y Moller pasó a comisión en el Parlamento como asesor del diputado blanco Sergio Botana. Aquel año, cuando el juez Alejandro Recarey sustituyó por enfermedad al titular Eduardo Cavalli en la causa sobre desaparición de la maestra Elena Quinteros, intentó acelerar la indagatoria y terminó cuestionado por su condición de magistrado suplente. Pese a su estado de salud, Cavalli reasumió en el juzgado.

La embestida contra jueces y fiscales que procuraban esclarecer las violaciones a los derechos humanos también tuvo como víctima a la fiscal Mirtha Guianze, impedida de ascender al cargo de Fiscal de Corte y atacada por la condición de preso político que tuvo su marido. También la fiscal Ana María Telechea fue cuestionada y denunciada ante sus superiores, en el marco de la estrategia desplegada por los abogados de los criminales de lesa humanidad, que cuentan con el asesoramiento y experiencia de sus colegas argentinos especializados en la defensa de estos casos, quienes les han facilitado el acceso a seminarios internacionales y un lobby regional financiado por poderosos grupos económicos que apoyan a partidos políticos conservadores en contra de los gobiernos progresistas existentes en la región.

Mariana Mota terminó siendo blanco de un ataque del ex fiscal Miguel Langón, el ex presidente Jorge Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre por su sentencia contra el coronel Carlos Calcagno. La jueza se vio obligada a hacer una aclaración pública ante un programa de radio El Espectador donde se le cuestionaba sin fundamentos. Hasta la actual directiva del propio Colegio de Abogados del Uruguay llegó a difundir una crítica declaración que motivó días atrás el pedido de desafiliación gremial por parte de la fiscal Telechea. Ahora, la jueza también pasaría a ser investigada por su eventual participación como ciudadana en una marcha de silencio en la que cien mil uruguayos reclamaron el pasado 20 de mayo por verdad, justicia y la vigencia de los derechos humanos en Uruguay.

La situación termina por revelar la dificultad que fiscales y jueces tienen para realizar su trabajo en las causas de derechos humanos, ante la falta de apoyo de los poderes del Estado que no les facilitan la infraestructura necesaria y donde no hubo voluntad política para crear un par de juzgados especiales en la materia (similares a los de la lucha contra los delitos económicos) como había propuesto el senador Oscar López Goldaracena durante la discusión del presupuesto quinquenal. Similar indefensión sufren los propios testigos y víctimas de las causas por violaciones a los derechos humanos, quienes tienen que compartir sala de espera con los posibles indagados (en ocasiones sus propios torturadores) o declarar en pequeños despachos donde la víctima y el victimario prácticamente se tocan, como le ocurrió a Sara Méndez en un careo con el policía Ricardo Conejo Medina.

El grupo de abogados que defiende a los criminales de lesa humanidad, aparece hoy encabezado por el ex fiscal de Corte, Miguel Langón, que utiliza como sede el Estudio del abogado Carlos Curbelo Tammaro, ubicado junto al edificio de los juzgados de la calle Misiones. Langón, quien asesora directamente al Foro Libertad y Concordia y a varios de los militares retirados que están presos en la cárcel de Domingo Arena, maneja los contactos con los abogados argentinos que defienden a los golpistas del vecino país. En forma paralela se mueve el estudio Bordaberry-Viana, donde el abogado Gastón Chaves Sosa se ocupa de la defensa del dictador Bordaberry junto al doctor Gustavo Bordes. En varias causas ambos grupos de abogados han manejado estrategias en común, como en el caso Luzardo, donde el abogado Pedro Montano (que junto a Curbelo Tammaro fue codefensor de Gregorio Alvarez) recusó al juez Juan Carlos Fernandez Lecchini

Entre las maniobras impulsadas por los defensores se encuentra la de impedir que los testigos sean acompañados por un abogado (como establece la ley 18.026), mientras que los acusados se presentan con un ejército de profesionales que llegan a destratar a las víctimas e interponen sucesivos recursos para dilatar el proceso (aunque saben que serán desestimados), como ha ocurrido en la causa Gelós Bonilla. También ha existido una directa intimidación sobre personal subalterno que podía proporcionar información, a quienes abogados impuestos por los clubes militares les advirtieron que habían llegado como testigos pero podían terminar siendo imputados si hablaban. En la causa Sabalsagaray, la citación a los testigos militares se hizo desde el propio Ministerio de Defensa, con un papel grapado donde aparecía el teléfono de un coronel del despacho del Comandante del Ejército, con quien debían comunicarse antes de ir a declarar.

Publicado el Viernes 27 de Mayo en Caras y Caretas.


Abogados de militares indagados por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura interpondrán varios recursos de recusación contra la jueza penal de 7º Turno, Mariana Mota, por su presunta participación el pasado viernes 20, en la "16ª Marcha del Silencio".
El abogado Edgardo Mikolic, miembro de la Asesoría Jurídica del Centro Militar, aseguró que la recusación de la jueza Mota "es un hecho", en virtud de la "incompatibilidad" de su presencia en la "Marcha del Silencio", con su función como magistrada en dichas causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. "Por una cuestión de garantías, vamos a recusar", dijo Mikolic a LA REPÚBLICA.
En tanto, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) libró un pedido de informes a la magistrada para que, en un plazo de 48 horas, aporte su versión sobre la polémica desatada por su presunta participación en la marcha convocada por "Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos".
Los ministros de la Corte pretenden escuchar la posición de la jueza, para determinar los pasos a seguir tras la divulgación pública, por intermedio del semanario "Búsqueda", de su presunta presencia en la marcha. Fuentes de la Corte no descartaron el inicio de una "investigación administrativa", aunque minimizaron la posibilidad de una sanción, en virtud de no tratarse de una actividad "político partidaria". La magistrada ya contestó el pedido de informe. La jueza, quien tiene bajo su órbita la investigación de una veintena de crímenes perpetrados durante la dictadura, dispuso además la condena de Juan María Bordaberry y el procesamiento de tres militares. Personas vinculadas con organizaciones defensoras de DDHH sospechan que dichas acciones mediáticas contra la jueza forman parte de una "persecución".

Fuente: La República


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Si No Hay Justicia, Hay Escreche.


La manifestación comenzó sobre las 19 horas con una concentración en la Facultad de Arquitectura, donde un centenar de militantes comenzó a marchar portando pancartas y banderas. Al grito de numerosas consignas contra el gobierno, la Policía y los ex represores, pretendieron avanzar hasta el domicilio del militar, ubicado en la calle Javier de Viana, pero se encontraron con un doble vallado a la altura de bulevar España, detrás del cual había una decena de policías apostados. También había agentes de la Metropolitana fuertemente armados y encapuchados, quienes cerraron el paso por una de las calles laterales, posible vía de acceso al barrio residencial.
En su momento, Bonelli reconoció públicamente su participación en el primero de dos vuelos que trasladaron prisioneros políticos desde Argentina, ocurridos el 24 de julio y el 5 de octubre de 1976. Sin embargo, en un informe que entregó al ex presidente Tabaré Vázquez, deslindó responsabilidades al señalar que actuó bajo "obediencia debida". Asimismo, dijo desconocer cuántas personas trasladó en aquel "primer vuelo", ya que los oficiales a cargo del operativo lo mantuvieron en reserva y él se limitó a operar la nave "encerrado en la cabina".
La dirigente y vocera de Plenaria Memoria y Justicia, Irma Leites, dijo a Ultimas Noticias que ésta fue la primera de una serie de movilizaciones. El hecho de que haya varias causas a desarchivar que involucran a la base Boisso Lanza motivó este escrache. "Nosotros proponemos que este sea uno de los tantos caminos que se puedan recorrer para seguir condenando en un país donde no hay justicia. Si no hay justicia, hay escrache", enfatizó.
El hecho se produjo luego de una Marcha del Silencio rotunda, en la que participaron cerca de 100.000 personas.


Plenaria. Un centenar de personas respondieron a la convocatoria.
Fuente: Ultimas Noticias


Caduca "Leña con el Árbol Caído"-Escribe el Periodista Daniel Figares.

Parece que es imposible no hablar de los debates que trae la anulación de la Ley de Caducidad, a instancias de la resolución condenatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Gelman vs. Uruguay.
X supuesto, el espectáculo ofrecido en el parlamento, y hasta en el propio Poder Ejecutivo, es paupérrimo, lamentable x donde se lo quiera mirar. Es la clase política la que se desprestigia a pasos gigantes con capítulos como este.
Mi pregunta: ¿Cómo explicará la Historia estos hechos dentro de algunos años?
Varios apuntes:
1/ Parece increíble que teniendo tiempo y forma para elaborar un proyecto, finalmente la Ley Interpretativa by Almagro demostrara las fisuras que en principio criticaron la mayoría de los constitucionalistas consultados, y que sirvieron después como excusa para justificar su fracasado final. Al ser un juicio contra el Estado, naturalmente que tuvimos nuestros representantes en las distintas instancias procesales para defendernos, argumentar e irse informando (como corresponde a ‘las partes’) de las distintas etapas; y a nadie se le escapa que el dictamen de la Corte fue conocido el pasado 24 de Marzo de 2011, pero la sentencia fue redactada en San José, Costa Rica, el día 24 de febrero de 2010: el tiempo –antes y después- que tuvo este gobierno para pensar el tema y resolver a instancias de la Corte, y un año más de gracia para ‘los muchachos’.
2/ Son hechos como estos los que más debilitan a los políticos y a las instituciones. Toda esta telenovela patética, con los derechos humanos de fondo.
3/ Hay que apuntar que el tiempo, de todas formas, sigue corriendo. (El plazo esta en marcha, y, aunque ninguna institución me merece confianza, espero que la Corte Interamericana se ajuste a sus propias normas y sea férrea con sus mandatos.)
4/ Que al contrario de lo que algunos políticos dijeron –entre tanto bolazo-, el fallo de la Corte habla expresamente de la Ley de Caducidad como un impedimento que ordena derribar.
5/ Que entre tanto constitucionalista dando opiniones, parece de locos que nadie remarque la génesis inconstitucional de la propia Ley de Caducidad, cuando a todas luces se da de frente con el artículo 7 de la Constitución: “Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad.”, cosa que fue del todo avasallada x la dictadura cívico-militar y sus personeros desde 1973 a 1985.
6/ También la Ley de Caducidad se da de jeta con el artículo 8 de la carta magna: “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.” A no ser que los constitucionalistas, los jueces y todo posible leguleyo consideren al asesinato, el secuestro, la tortura, la desaparición de personas, el robo, y tantos otros graves delitos, como talentos o virtudes, no veo la forma de que estos hijos de puta no vayan presos como cualquier hijo de vecino x los hechos que cometieron.
7/ Estamos hablando de dos artículos dentro del top ten de la constitución que, a mi me parece, no admiten más de una sola lectura. (Sin embargo parece que no.)
8/ Es triste anteponer cualquier cosa a los derechos humanos xque son nuestros PROPIOS derechos.
9/ La Ley de Caducidad no debió jamás ser plebiscitada xque es una aberración jurídica (una ley perdona delitos, literalmente, es una anti-ley: las leyes son el ordenamiento de la convivencia civilizada.) (Textual de la Ley: “Reconócese que, como consecuencia de la lógica de los hechos originados x el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984 y a efecto de concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional, ha caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los DELITOS cometidos hasta el 1º de marzo de 1985 x funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados x móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas x los mandos que actuaron durante el período de facto.”)
10/ Historia: como queda en evidencia, la ley fue condicionada in extremis x los militares golpistas, primero en las conversaciones del Parque Hotel, después en el concretado “Pacto del Club Naval” (que x eso se le conoce como “Pacto”), a riesgo de no entregar el poder.
11/ Para eso se destaca la mano dura y la cara dura, también, del facho de Hugo Medina, Teniente General, Comandante en Jefe del Ejercito (1984-1987), que fue el artífice del acuerdo, y el UNO de la banda de milicos golpistas, al punto de tener un lugar en la democracia, como Ministro de Defensa del gobierno colorado de Julio Sanguinetti (1987-1990). Una vez el colega César Di Candia le preguntó: "¿Dio órdenes de torturar?". "Dí", contestó sin sobresaltarse… Cada dos x tres tiraba una amenaza de posible golpe… (Y siempre se hacía ver como un milico duro, de gesto adusto.)
12/ La Ley de Caducidad fue una obra del Partido Colorado (firmada x Sanguinetti, Chiarino, Marchesano, Aguiar), co redactada x el Partido Nacional (Sturla-Aguirre).
13/ Que pese a que se puede decir que los reclamos en este sentido –los derechos humanos- del Frente Amplio son de la época fundacional, la coalición participó del Pacto, y lo que esta haciendo hoy al respecto esta a la vista…
14/ Poner los plebiscitos sobre esta anti ley como impedimento es encajar la carreta delante de los caballos.
15/ Es ya un oprobio mayúsculo hablar de venganza en gente que ha sido víctima o familiar de ellas, cuando han pasado casi cuatro décadas y esta gente sigue mansamente esperando…
Quizás tenga todo esto que ver con la ilógica de los tiempos.
“Se cree generalmente que quienes han mostrado la mayor incapacidad en materia de lógica son precisamente quienes se proclaman revolucionarios. Ese reproche injustificado proviene de una época anterior en la que casi todo el mundo pensaba con un mínimo de lógica, con la ostentosa excepción de los cretinos y los militantes; lo cual, en estos últimos, iba mezclado a menudo con la mala fe, que era deliberada xque se la creía eficaz. Pero hoy en día ya no se puede pasar x alto el hecho de que el uso intensivo del espectáculo, tal como era de esperar, ha convertido en ideólogos a la mayoría de los contemporáneos, aunque solo a sacudidas y de manera fragmentaria. La falta de lógica, es decir, la pérdida de la capacidad de reconocer al instante lo que es importante o menos y lo que es del todo irrelevante; lo que es incompatible y aquello que, x el contrario, puede ser complementario sin más; todo lo que implica tal consecuencia o tal otra y lo que ésta, en el mismo acto, impide: esa enfermedad ha sido inoculada a la población deliberadamente y en grandes dosis x los anestesistas-reanimadores del espectáculo. Los contestatarios en modo alguno han sido más irracionales que la gente sumisa.” (Guy Debord, 1988)
Ya decía el genial francés: todo ira poniéndose penosamente ridículo hasta explotar…

Fuente: Blogs Montevideo Portal