30 de junio de 2011

Ley de Caduciad, CIDH, Prescripción

Pancarta de Inocencia.

De Roger Rodríguez.

Mi amiga me cuenta que evitan que su nieto de 6 años vea informativos o tv, más que en dibujitos animados. Pero el 20 de mayo cuando los padres miraban la marcha del silencio, preguntó: "¿Porque llevan esas fotos?". "Porque son seres muy queridos que murieron", le respondieron. El niño, sin que se dieran cuenta, fue a la mesa de luz de mi amiga a buscar la foto de su abuelo, al que nunca llegó a conocer y se paró con ella frente a la pantalla. "No (quisieron explicarle), al Tata no lo mataron". El niño miró a su abuela. "Pero yo también lo quiero mucho, Lala", dijo. Los padres y la abuela, emocionados, hicieron silencio, esperanzados de que algún día lo comprenda. Mi amiga, me dice que ese día entendió de otra forma el valor de la memoria.

Ley de Caducidad, CIDH, Prescripción.

El pasado 6 de junio 2011, el abogado experto en derechos humanos Dr. Juan Errandonea, participó de una charla abierta en la Sede de Crysol donde se valoró los caminos posibles a seguir para eliminar la impunidad que pesa sobre los uruguayos.

Veamos como estamos parados hoy con respecto a la Ley de Caducidad, CIDH y prescripción.

Hace unos años El juez Luis Charles procesa y condena a Gavazzo y Arab a 25 años de penitenciaría por 28 homicidios muy especialmente agravados, vinculados al 2º vuelo. La fiscal Mirtha Guianze, en el juicio, pide que se condene por “desaparición forzada” ya que estás 28 personas aún siguen desaparecidas. Guianze apela la sentencia para que el Tribunal de Apelaciones se pronuncie, porque es obvio que la desaparición forzada es una figura que está prevista en los tratados internacionales y fue incorporada por ley en el Uruguay a partir de 25 de setiembre del 2006.
El Tribunal de Apelaciones, no hace lugar y ratifica la sentencia en 1º instancia. Guianze interpone un pedido de Casación ante la SCJ (esto hace casi dos años) y ésta se pronuncia recientemente, por mayoría 4 a 1 ratificando nuevamente la sentencia de condena por homicidios especialmente agravados.

Cuatro cosas que se pueden hacer hoy en el corto plazo que nos queda:

1º)  La preocupación y tarea que debemos tener quienes exigimos eliminar la ley de impunidad es conseguir que el Parlamento apruebe una ley con respecto a los plazos de prescripción. No nos podemos distraer de ese objetivo ya que no se puede aprobar una ley después que el plazo prescriba.

Se puede solucionar de varias maneras: prorrogando los plazos (hay argumentos valederos), o que por ley se entienda que son delitos de lesa humanidad o una tercera posibilidad que es que la prescripción se corte con la presentación de la denuncia y no con la orden judicial, el arresto y procesamiento.

Sabemos que no es lo mejor, pero se nos vienen los plazos encima  y realmente corremos peligro, porque después que pase el 1º de noviembre, aunque la SCJ se exprese dentro de 1 o 2 años, no se puede hacer renacer el plazo de prescripción.

2º) El fallo de la CIDH, no le exige al  Estado uruguayo que “debe anular la ley de caducidad”,  lo que dice es que la ley no puede constituir un obstáculo para la investigación y el castigo de los responsables en el caso Gelman (Si Uruguay no cumpliera con la resolución de la CIDH la Corte comunicará a la asamblea de la OEA - Organización de Estados Americanos - que decidirá y hará efectivas las sanciones correspondientes)
Resulta imprescindible que el Poder Ejecutivo resuelva y decida que va a hacer con el fallo de la CIDH, porque hasta ahora no han hecho nada. El gobierno puede marcarle el paso a la SCJ  para que ésta, de oficio, asuma competencia. El artículo 239 de la Constitución establece que la SCJ es competente para resolver todo lo que tiene que ver con tratados internacionales. El Dr. Alberto Pérez Pérez dice que, como este paso surge de un organismo internacional, es obligatorio para Uruguay y la SCJ es competente para resolver que se hace con ese caso concreto, con la ventaja que se podría dictar una sentencia genérica que dijera que este paso es obligatorio para el Estado uruguayo, por lo tanto no puede ser, la ley de caducidad, un obstáculo para que se realicen investigaciones para todos los casos, además de las reparaciones, búsquedas, etc.

3º) Que el Poder Ejecutivo desarchive las 89 causas que fueron archivadas. Esto es simplemente un acto administrativo y lo puede hacer sacando una resolución que reúna todas las causas, las desarchive y las remita a los juzgados correspondientes. También se puede hacer caso por caso a pedido de los interesados.

4º)  Dar el paso de derogar la Ley de Caducidad. Derogar no es perdonar, es dejar de existir y a esta altura y con los plazos establecidos, no podemos seguir dando vueltas con la anulación o los plebiscitos que ya dieron lo que pudieron dar. ¡Urge una solución inmediata!, y se puede hacer un solo paquete con estas cuatro medidas:

a) Prórroga de los plazos de prescripción.
b) Que el gobierno decida que hacer ante la CIDH.
c) El desarchivo de todos los casos.
d) Dar el paso a la derogación, que nos permitiría seguir avanzando.

No es lo deseado por nosotros, pero si tenemos éxito con el desarchivo de todas las causas, si tenemos éxito con la aplicación del fallo de la CHID y si se prorrogan los plazos y podemos seguir tramitando las denuncias penales, y si además, se consigue reclutar alguien más que no sea solo el Frente Amplio para dicha derogación, el efecto que tendría sería un efecto político muy importante. Además, las nuevas denuncias ya no tendrían que depender del P. Ejecutivo de turno, porque se presentarían directamente al juzgado (independencia de Poderes)

Lo que está faltando y es muy necesario, es que los tres Poderes del Estado aparezcan alineados. No es bueno que se le cargue las culpas solamente a la SCJ, facilitando así el camino a la derecha, cuando hace apenas poco tiempo atrás hubo una importante señal de ésta, pronunciándose en tres oportunidades por la inconstitucionalidad de la ley, siendo un duro golpe para la oposición. Mientras el Poder Ejecutivo tomó una actitud de trámite, cuando se le consulta y excluye los casos de la ley; cuando el Parlamento estuvo un año apegado a la ley interpretativa y no ha logrado nada; el Poder Judicial ha tenido un avance, y el gobierno lo está dejando solo. Todas las señales políticas que le llegaron a la Corte desde el Ejecutivo y el Parlamento, no la alentaron en absoluto a dar otro paso hacia adelante.                        

No es un tema solamente jurídico, es un tema esencialmente político.
Que el parlamento, con una mayoría relativamente importante, derogue la Ley de Caducidad es un hecho político y un claro mensaje a la SCJ  que hasta ahora el poder político no ha enviado.
Al contrario, han pasado cosas terribles, desde el discurso del Presidente Mujica en  Las Piedras u otro tipo de señales como la visita del mandatario a Dalmao en el  hospital militar (Si bien Dalmao era alférez, 15 días antes de la muerte de Nibia Sabalsagaray quedó como sustituto del capitán S2 a cargo del batallón y firmó el parte falso de la víctima), o la señal que da E. Huidobro cuando dice que Dalmao “se comió un garrón” porque “los alférez no torturaban” cosa que no es cierto, está comprobado que si lo hacían. Estas son las señales que el poder político le manda al Poder Judicial.

Hay que dar vuelta lo que hizo Sanguinetti en el 86 con la ley de caducidad. Sanguinetti no hizo simplemente un trámite, metió todo el peso del gobierno, del Partido Colorado y del Partido Nacional con los que llegaron a un acuerdo, y con eso metió presión a la SCJ y consiguió que por 3 a 2 la Corte del año 88 declarara que la ley era constitucional. No es lo mismo para los jueces de la Corte resolver cuando hay determinada presión política, cuando no hay presión o cuando la presión viene en sentido contrario.

Posiblemente si se prorrogan los plazos de prescripción, no faltará quien ponga el grito en el cielo y presente un recurso de inconstitucionalidad, pero la constitución y los tratados internacionales no dicen nada con respecto a la prórroga de los plazos de prescripción. Lo que dicen es que, “no se puede retroactivamente, crear una conducta que era lícita hace años atrás y aprobar ahora una ley para decir que no era delito o viceversa”. Quien lo dice es el Código Penal, pero éste es una ley como cualquier otra y puede ser modificada, y en este caso hay argumentos justificados ya que hubo al menos 18 años de una denegación real y efectiva que impedía que los ciudadanos pudieran hacer denuncias o investigar, eso no solo es violatorio sino es una causal de justificación porque no pueden correr los plazos de prescripción cuando el ciudadano está impedido de actuar.

Se puede avanzar aunque la ley no sea anulada y si derogada. Es preocupante el seguir reclamando la anulación ya que a esta altura nos debilita, porque en vez de acumular fuerzas para conseguir el éxito del objetivo, nos seguimos dando contra la pared siguiendo una estrategia que no ha dado resultado. Debemos y podemos avanzar por otros caminos porque se puede, se ha estado haciendo con la ley vigente, lo lograremos si podemos aplicar el paquete de los cuatro puntos en conjunto.

No hay nada que impida seguir adelante, no tenemos que cerrar ninguna puerta o declararnos derrotados. Los casos seguirán su curso y con este paquete de medidas, cabe la posibilidad que con el transcurso del tiempo una Corte los declare de lesa humanidad y sean juzgados y condenados como tal.

Los crímenes cometidos por el Estado son de lesa humanidad y no prescriben, pero tampoco, según la legislación internacional, se pueden beneficiar con una amnistía. Se trata de terminar con el atropello criminal que viola una de las más sagradas conductas del ser humano, la de honrar la vida y enterrar a sus muertos. Devolveremos la dignidad a todas las víctimas recorriendo los caminos necesarios para un juicio justo y efectivo.

Marys Yic
Junio 2011

Alternativas.


Constanza Moreira dijo que todavía está muy fresco lo sucedido con el fracaso de la ley interpretativa de la Ley de Caducidad como para recorrer la vía legislativa.
Como alternativa dijo que si el Ejecutivo enviara un proyecto al Poder Legislativo podría llegar a tener éxito la iniciativa.


Fuente: Teledoce

Los Rancios Militares Tomaran Medidas.


El plenario de Clubes Sociales Militares resolverá hoy los mecanismos de defensa que tomará ante la situación que atraviesa, luego de que el gobierno anunciara la autorización para el desarchivo de causas amparadas dentro de la ley de Caducidad.
Desde los clubes sociales, que agrupan principalmente a militares retirados, hay gran preocupación por los ataques recibidos en los últimos meses. Si bien consideran también que es "más de lo mismo", los clubes manifestarán las acciones a tomar ante reclamos de grupos de ex presos y familiares de desaparecidos y la amenaza de demandar a 400 militares.
"Vamos a pensar bien la posición a tomar, yo estoy cansado ya de tanta cosa y todos los días surge algo nuevo. Está todo muy entreverado y se ha convertido en una situación tragicómica", expresó el presidente del Centro Militar, coronel (r) Guillermo Cedrés, a Ultimas Noticias.
Hoy a las 11 de la mañana, el plenario se reunirá en el Club Naval y tomará una posición ante los anuncios tanto del gobierno como de asociaciones de derechos humanos que anunciaron denunciar a 400 militares a los que pudieron identificar.
Por otra parte, el presidente del Círculo Militar general (r) Ricardo Galarza, dijo a este medio que esta decisión del gobierno "es para darles satisfacción a deseos revanchistas".
"Ven que se cierra una ventana y quieren llegar antes que eso se cierre", agregó Galarza respecto a los reclamos y protestas realizados en estos meses, debido a que en noviembre prescriben los delitos. "Se piensan que los militares somos tontos, nos dicen que matamos a Roberto Luzardo (fallecido en 1973 en el Hospital Militar luego de un enfrentamiento con militares) y le salvamos la vida a Raúl Sendic, el fundador del Movimiento Tupamaro. Parece que los militares no tenemos claro a quién dejar morir, lo que es absurdo; creo que este país ha perdido seriedad", agregó Galarza. A su vez, el presidente del Círculo Militar considera que "la ciudadanía está harta de esto, que ya es suficiente y la mayoría ve el tema con cierta indiferencia".
En tanto, el presidente del Centro de Oficiales Retirados de las Fuerzas Armadas, Milton Cairoli, expreso a Subrayado que "ninguno de los militares que está detenido tendría que estarlo, pero realmente lo estábamos esperando". Por otra parte, respecto a la prescripción de los delitos, lo que ocurrirá el 1° de noviembre, integrantes de los grupos militares coinciden en que se están tomando decisiones desde el gobierno para dar "satisfacción a un sector de la sociedad sobre el tema". Galarza considera que "la ciudadanía está harta de esto, ya es suficiente y en la mayoría de la ciudadanía se ve con cierta indiferencia".
Desde la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura, Javier Miranda considera que los delitos no prescribirán debido a que hay un "principio de Derecho que defiende al impedido por justa causa y no corre el término. Por lo tanto, ese plazo no puede ser computado", según expresó a Subrayado. En base a esto, el director considera que al archivar la causa no se puede investigar, por lo que esos años no deben ser computados.


Tribunal de honor para ex comandante preso

El ex comandante de la Armada Juan Fernández Maggio, procesado con prisión por coautoría en un delito continuado de fraude por compras ficticias en la fuerza, deberá comparecer ante un tribunal de honor de las Fuerzas Armadas, ordenado este lunes por una resolución de la Presidencia, en acuerdo con el ministro de Defensa Nacional, Luis Rosadilla. Según establece el documento oficial, el tribunal de honor "eventual" estará integrado por el vicealmirante retirado Francisco Pazos, el vicealmirante retirado Carlos Giani, y el almirante retirado Oscar Debali. El abogado del ex militar procesado, Amadeo Otati, dijo a Ultimas Noticias no tener conocimiento de la resolución presidencial. De todos modos, estima será un "trámite" su comparecencia en el tribunal, la cual "no tiene nada que ver con el proceso" penal que atraviesa desde 2010.
Juan Fernández Maggio -que se encuentra recluido en cárcel Central- fue procesado en agosto del año pasado por la jueza Graciela Gatti, junto a otros dos oficiales de la Armada (Pablo da Costa y Gerardo Feble), por las compras ficticias detectadas en la marina, bajo la imputación de "delito continuado de fraude". Por la misma causa Danilo Damonte fue procesado sin prisión bajo "caución juratoria", en calidad de autor de un delito "continuado de fraude".
La resolución de Gatti ordenó trabar embargo general de derechos y acciones respecto de los procesados por la suma de $ 11. 629.548.
Los imputados habrían simulado la compra de una grúa y un banco de pruebas por U$S 600.000.
De acuerdo al artículo 35 de la norma que regula el funcionamiento de los tribunales de honor en las Fuerzas Armadas, los mismos "se limitarán a juzgar solamente el aspecto moral de las cuestiones que se les sometan, en las que actuarán como jueces de hecho, de acuerdo a la conciencia que se formen frente a la verdad depurada e inspirándose siempre en el sentimiento de honor y deber militar". El tribunal deberá determinar si Fernández Maggio queda habilitado o inhabilitado para continuar formando parte del cuadro de oficiales de las FF.AA. 


Jueces y Fiscales Flechados Dicen Ex. Represores.

El Foro Libertad y Concordia surgió como un actor más del debate por el revisionismo historico y judicial que comenzó en el país. Conformado por militares retirados de 29 promociones distintas, dice representar a unos 1.400 oficiales.. En la nota ponderan la "coherencia" del presidente Mujica. Los comentarios vertidos por los tres voceros de la organización: el coronel aviador Luis Alvariza y los coroneles Elmar Castiglioni y Juan Perez Azziz., fueron realizados horas antes de la votación parlamentaria que no pudo aprobar la ley interpretativa de la Caducidad . Y obviamente no estaba en el horizonte el anuncio oficial del decreto que anulará los actos administrativos presidenciales que protegieron 88 denuncias de crímenes cometidos durante la dictadura.


Fuente: Canal 10

Mientras Siguen Persiguiendo a la Jueza Mota.


La Sala dispuso la citación de Mota y los abogados promotores de los recursos, como forma de atender ambas posturas previo a dictar sentencia. La citación de ambas partes se produce al amparo del artículo 328 del CGP, por el cual se regula el procedimiento de recusación de magistrados.
Los abogados Emilio Mikolic, Graciela Figueredo, Rosanna Gavazzo y Gastón Chaves recusaron a la jueza, en el marco de la indagatoria por el secuestro y desaparición de Horacio Gelós Bonilla. El recurso se sustentó en la existencia de "circunstancias comprobadas y comprobables que afectan la imparcialidad de la jueza" para entender en causas por crímenes de la dictadura, por su presencia en la Marcha del Silencio.
Empero, la magistrada rechazó el recurso por considerarse apta para dirigir con ecuanimidad y objetividad el proceso, pero los abogados apelaron la decisión.
El TAP decidió dar entrada al recurso, convocar a audiencia testimonial e iniciar el diligenciamiento de prueba; la Sala tendrá un plazo máximo de 35 días para el dictado de sentencia.
En este sentido, los abogados de los militares presentarán como prueba una decisión de la Suprema Corte de Justicia en la cual se estima que la magistrada violentó el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial por su presencia en la marcha. Por su parte, Mota alegaría en su defensa el ser "la única" jueza que rechazó un pedido de enjuiciamiento formulado por el Ministerio Público contra un militar, por delitos perpetrados durante la dictadura cívico-militar (1973-1985), dijeron allegados de la magistrada a LA REPÚBLICA.

Fuente: La República

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