25 de octubre de 2011

El Retorno de la Pretensión Punitiva


UNA LEY URGENTE PARA QUE LA IMPUNIDAD NO SEA PARTE DEL PATRIMONIO NACIONAL
 

Mujica lo anunció desde Suecia. Hay un proyecto de Ley de Punitividad. Todos los sectores del Frente Amplio lo aceptaron por consenso. Todos los partidos de la oposición votarán en contra. A dos años del voto rosado, 23 del voto verde y 26 de la aprobación de la Ley 15.848, el Estado recupera su pretensión punitiva. Ningún delito de la dictadura prescribiría. La tortura, la ejecución y la desaparición se admitirían como crímenes de lesa humanidad. El Parlamento la vota desde el lunes. El Ejecutivo deberá promulgarla antes de fin de mes. La Suprema Corte de Justicia no deberá considerarla inconstitucional.

ROGER RODRIGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy

La próxima semana, exactamente dos años después del fracaso del voto rosado, la mayoría parlamentaria que aquel día obtuvo el Frente Amplio, podría terminar, por fin, con los efectos de la Ley de Caducidad y declarar a los delitos de la dictadura como crímenes de lesa humanidad, pasibles de ser juzgados sin que corran los tiempos de una prescripción que en Uruguay amenazaba con incorporar a la impunidad, definitivamente, al patrimonio nacional.
El proyecto de ley consensuado por los senadores del oficialismo sólo tiene tres artículos, por los que se le devuelve al Estado la “pretensión punitiva” que le había quitado la ley de caducidad, no se computa la prescripción durante la vigencia de aquella ley, y se define que los delitos cometidos durante el dictatorial terrorismo de Estado fueron crímenes contra la humanidad como lo establecen los tratados internacionales suscritos por Uruguay.
Con esos tres artículos, el Poder Legislativo uruguayo se sumaría a la acción que ya había adoptado el Poder Ejecutivo cuando revocó todos los actos administrativos dictados por gobiernos anteriores para amparar los delitos de la dictadura en la Ley 15.848. Sólo faltará, que el propio Ejecutivo promulgue la ley antes del próximo 1º de noviembre y que el Poder Judicial no acepte los recursos de inconstitucionalidad que eventualmente se presenten en un futuro.
En el centenar de palabras contenidas en el sintético articulado del proyecto de ley, no se mencionan los polémicos términos “derogar” o “anular”, ni se hace referencia a la “retroactividad” implícita en la propuesta y mucho menos a los pronunciamientos del “soberano” en anteriores consultas populares, para evitar cualquier excusa que lleve a alguno de los legisladores de la coalición a disentir con una iniciativa que requerirá de todos los votos del oficialismo.
Desde la oposición, los partidos Colorado e Independiente ya han planteado su rechazo a la propuesta que calificaron como un nuevo embate del partido de gobierno para lograr anular una ley de impunidad que no se pudo eliminar en sendos referéndum ni a través de un frustrado proyecto legislativo. El partido Nacional, apuesta a una consulta de constitucionalistas que podría abonar argumentos para incidir en un futuro fallo de la Suprema Corte de Justicia.
El máximo órgano del Poder Judicial, que hace dos años declaraba la inconstitucionalidad de la propia Ley de Caducidad, será el que en definitiva tendrá la última palabra si, como desde ya se prevé, los equipos de abogados de los militares condenados, detenidos o eventualmente indagados, arremeten con recursos de inconstitucionalidad que podrían estirar los estertores de una ley que durante un cuarto de siglo institucionalizó la impunidad en Uruguay.

Dos años antes…

El 19 de octubre de 2009, la Suprema Corte de Justicia uruguaya declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para el caso del homicidio por torturas de la militante comunista Nibia Sabalsagaray. El fallo fue celebrado por los militantes por el voto rosado, quienes durante dos años juntaron firmas y habían logrado convocar a un referéndum a través del cual se promovía una reforma constitucional que en los hechos eliminaba la polémica Ley 15.848.
Sin embargo, aquel festejo se convirtió en frustración sólo unos días después, cuando el voto rosado no logró imponerse y aunque el Frente Amplio conquistaba la mayoría parlamentaria debería someterse a un balotaje para obtener el gobierno. Aquel domingo 25 de octubre, la coalición de izquierdas tuvo 500 votos más que la papeleta rosada… Una dato de que hubo sectores frenteamplistas que pudieron “boicotear” el voto rosado.
La iniciativa plebiscitaria había surgido desde las organizaciones sociales y activistas por los derechos humanos luego que en 2007 un proyecto de ley interpretativa de la caducidad naufragó en el Parlamento. El propio presidente Tabaré Vázquez se había opuesto entonces a la propuesta legislativa porque en su plataforma electoral el Frente Amplio había excluido explícitamente la posibilidad de “tocar” la Ley 15.848 durante su gobierno.
El Frente Amplio recién se sumó al voto rosado luego de su “V Congreso Extraordinario Zelmar Michelini” de fines de 2008, en el que se encomendó a los grupos de la coalición a apoyar la campaña para una reforma constitucional anulatoria de la ley de caducidad. Aunque no todos los sectores del Frente Amplio acataron aquel mandato, el 14 de junio de 2009 la Corte Electoral confirmó que el referéndum se haría con las elecciones nacionales.
Durante la campaña electoral la mayoría de los grupos de la coalición de izquierdas no colocó al voto rosado entre las prioridades de su agenda. El presidenciable, José Mujica, quien había firmado por la reforma, tampoco se encorsetó con el tema de los derechos humanos y llegó a ser ambiguo en sus declaraciones. Al cierre de la publicidad electoral, un spot de “Hijos” fue “demorado” por los canales de televisión y se emitió pasada la medianoche.
Mujica ganó la Presidencia, pero no modificó la posición que se había mantenido sobre la Ley de Caducidad. Un proyecto de anulación de la Ley fue votado en Diputados en 2010 y pasó en 2011 al Senado, donde su aprobación con modificaciones provocó una crisis interna que llevó al alejamiento del senador Jorge Saravia y la renuncia del senador Eleuterio Fernández Huidobro. La ley no se ratificó, finalmente, por la negativa del diputado Víctor Semproni.

Durante dos años…

A la sentencia en el Caso Sabalsagaray, que derivó en el procesamiento con prisión del general en actividad Miguel Ángel Dalmao, se sumaron fallos judiciales por los que otros militares también fueron encausados con prisión por los casos de muerte o desaparición de Roberto Luzardo, Roberto Gomensoro Josman, Ubagesner Chaves Sosa, Ramón Peré, Nelson Santana y Gustavo Inzaurralde. A pesar de la Ley de Caducidad, la verdad encontraba justicia.
Sin embargo, el avance que se lograba en el escenario judicial quedaba acotado a una fecha irremediable: el 1º de noviembre de 2011 todos los casos en los que no se llegara a una sentencia podrían prescribir, al cumplirse el plazo máximo previsto por el Código Penal. La impunidad volvía a sonreír: la ley de caducidad estaría logrando su objetivo de obstaculizar, durante 26 años, el esclarecimiento de los crímenes.
Luego de la frustración del voto rosado, los familiares de las víctimas y las organizaciones sociales sólo podían esperar que organismos internacionales fueran quienes se pronunciaran contra la ley aprobada en diciembre de 1986 para amparar los delitos de la dictadura. Ya en el año 1992, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había advertido que la ley de caducidad era contraria a los tratados y convenciones firmados por Uruguay.
Las expectativas se concentraban en el proceso que el poeta argentino Juan Gelman y su nieta nacida en cautiverio, Macarena, habían iniciado en mayo de 2006 ante la CIDH, que en febrero de 2010 terminó por denunciar el caso de secuestro y desaparición de María Claudia García de Gelman ante la Corte Interamericana. El fallo se produjo el 24 de febrero de 2011 con una condena inapelable contra el Estado uruguayo.
La Corte Interamericana sentenció que Uruguay debía remover los obstáculos que impedían juzgar en el Caso Gelman y agregó que “el Estado debe disponer que ninguna otra norma análoga, como prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, non bis in ídem o cualquier excluyente similar de responsabilidad, sea aplicada y que las autoridades se abstengan de realizar actos que impliquen la obstrucción del proceso investigativo”.
A pesar del pronunciamiento del organismo internacional, los ministros de la Suprema Corte de Justicia uruguaya terminaron por considerar que casos de desaparición forzada de personas debían tipificarse como “homicidios” y prescribirían en la fecha señalada. Una posición que reiteraron aunque desde tribunales de apelaciones, juzgados y la cátedra se insistía en que los delitos cometidos por la dictadura eran delitos de lesa humanidad.

Dos años después…

Las contradicciones entre el derecho interno y las obligaciones del país con las disposiciones del derecho internacional admitido en tratados y convenciones suscritos por Uruguay, llevaron a que en los últimos meses se sucedieran los seminarios y encuentros en los que renombrados juristas internacionales ratificaron la caracterización de los delitos del terrorismo de Estado y advirtieron sobre los riesgos de incumplir el fallo de la Corte Interamericana.
A la vez que sectores allegados a los militares que están presos o que pueden ser indagados iniciaron una ofensiva “psicopolítica” con la que intentaron ganar la opinión pública e incidir en la interna militar para presionar al gobierno de Mujica, el sistema político quedó al margen del debate por los derechos humanos. Al punto que sólo se sacudió días atrás, cuando la central sindical y las organizaciones sociales  hicieron un proyecto de ley contra la prescripción.
Las señales internacionales, los simposios locales y la movilización social (el sábado pasado en aplicación de la ley de procedimiento policial se presentaron ante varias seccionales 131 denuncias sobre delitos de la dictadura), llevaron al presidente Mujica –quien había revocado los amparos firmados por sus predecesores- a admitir una ley contra la prescripción, que urgentemente consensuaron todos los grupos del Frente Amplio.
Para que no queden dudas, en la exposición de motivos se explica que la ley "tiene como propósito adaptar la legislación nacional a estándares internacionales de protección de los derechos humanos, en particular a los contenidos en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman vs. Uruguay; ratificar por vía legal el compromiso del Estado uruguayo con la idea más avanzada de que ciertos crímenes afectan la dignidad humana de tal magnitud e integran la categoría contra la humanidad, y clarificar en forma inequívoca que los términos procesales para ese tipo de conductas no podrán ser computados mientras la pretensión punitiva no estuviese vigente".
“La tortura, la ejecución extrajudicial, la desaparición forzada de personas son crímenes contra la humanidad y por lo tanto imprescriptibles. El proyecto resalta esta característica fundamental. Se apoya además en la sentencia Gelman, que explicita que ninguna de las eximentes penales tradicionales como la prescripción o la cosa juzgada puede ser legítima ni legitimantes para incumplir sus obligaciones internacionales. Es a través de este proyecto que se explicita el sentido de imprescriptibles de los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado", agrega.
Dos años después del negado voto rosado, a veintitrés años de la frustración del voto verde y a veintiséis de aprobada la Ley 15.848, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo están dispuestos a devolverle al Estado uruguayo la pretensión punitiva que le habían quitado en 1986. Caduca la caducidad, el Poder Judicial podrá indagar y juzgar sin obstáculos y los ministros de la Suprema Corte tendrán tiempo de estudiar el derecho penal internacional.

PROMÚLGUESE

La iniciativa legislativa del Frente Amplio establece:
Artículo 1. Se restablece la pretensión punitiva del Estado para todos los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985.
Artículo 2. No se computará plazo proceso alguno en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1.
Artículo 3. Declárase que, los delitos a que refieren los artículos anteriores, son crímenes contra la humanidad de conformidad a los tratados internacionales de los que la República es parte.
Artículo 4. Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.

PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2011.


La sesión comenzará este martes a las nueve y media de la mañana, luego de que en la tarde del lunes la Cámara Alta decidiera por unanimidad aprobar un cuarto intermedio, postergando así la votación del proyecto que busca evitar la prescripción y reestablecer la pretensión punitiva del Estado.
En la tarde de este lunes el Directorio del Partido Nacional emitió un comunicado en el que informó que no acompañará el proyecto por considera que se trata de una nueva tentativa de pasar por encima de las consultas populares que ratificaron la Ley de Caducidad.
En un comunicado el PN manifiesta que "rechaza una vez más todo intento de violentar y modificar la voluntad popular a través de una ley, como se promueve en el proyecto a estudio del Senado de la República en el que se deroga, con efecto retroactivo, la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. (.) La Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado no impide ni coarta la búsqueda de la verdad sino que por el contrario, la incorpora a texto expreso".
En conversación con Montevideo Portal, el senador nacionalista Eber Da Rosa, señaló que el proyecto "es una reiteración de uno de los artículos del interpretativo" que busca anular la ley de Caducidad.
"Debe resguardarse claramente la existencia de las dos expresiones de la población sobre teste tema", afirmó Da Rosa en referencia a los plebiscitos y recordó que el PN no acompañó el proyecto interpretativo de la Ley de Caducidad por esa misma razón. "Por una cuestión de elemental coherencia, es la posición que asumimos hoy".
Asimismo señaló que no puede acusarse de un delito que no existía cuando fue cometido, ni aplicarse con retroactividad una norma que endurece la pena: "No se puede aplicar retroactivamente normas penales más graves. El proyecto no solamente transgrede disposiciones del derecho interno, sino también de la propia Convención Interamericana de Derechos Humanos", agregó.
Al ser consultado si en su opinión, la tipificación de homicidio especialmente agravado representa los hechos ocurridos, Da Rosa respondió: "Uruguay adhirió al llamado estatuto de Roma en el año 2002-cuando se reconoce la existencia del delito de lesa humanidad- y los hechos son anteriores a 1985. Este es un tema que tienen que dirimir los jueces, que son quienes tienen que aplicar las normas".

La discusión

Todos los asesinatos cometidos en la dictadura prescriben el 1º de noviembre porque fueron tipificados como homicidio especialmente agravado. Si bien el delito de homicidio especialmente agravado prescribe a los 20 años de cometido, en este caso no se contó el periodo de la dictadura dado que no estaban dadas las garantías de un proceso judicial legítimo, por lo que se comienza a contar los 20 años a partir del retorno a la democracia en marzo de 1985. A esa fecha de prescripción -que sería marzo de 2005- se le agrega un tercio, tal como está estipulado para delitos que sean considerados graves, por lo que se llega a la fecha del 1º de noviembre.
De esta forma, la prescripción se busca cambiando la tipificación de los delitos, pero se elige para ello un delito originado en 2002, como el delito de lesa humanidad. La Suprema Corte de Justicia-que solo se pronuncia sobre los casos en los que es consultada- se expresó en contra de utilizar la tipificación de delitos de lesa humanidad para una causa que integra 28 desapariciones por las que fueron procesados los miltares José Nino Gavazzo y José Arab, considerando que no puede aplicarse un delito creado posteriormente de ocurridos los hechos.
Otro de los factores de la discusión, es que en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso Gelman, se obliga al estado uruguayo a eliminar todos los obstáculos para el procedimiento de la Justicia y la investigación, incluyendo la Ley de Caducidad y la prescripción de los delitos.
Además de eso, otra de las posibilidades por las que se intentó evitar la prescripción fue a través de la tipificación de desaparición forzada, delito creado en 2006. Este caso es similar al de lesa humanidad en la medida en que se crea después de que ocurrieron los hechos, pero quienes defienden la aplicabilidad de esta tipificación sostienen que el delito no prescribe porque "se sigue comentiendo" mientras no aparezca el cuerpo. El argumento fue rechazado por la Suprema Corte de Justicia.

El proyecto llega al senado

El Senado debatirá y someterá a votación el proyecto de ley para considerar todos los crímenes cometidos por la dictadura como delitos de lesa humanidad y evitar así la prescripción de los mismos el próximo 1 de noviembre.
El Frente Amplio pretende que los senadores aprueben la medida (bastan los votos del oficialismo) y que la misma pase directamente a la Cámara de Diputados para que la medida pueda entrar en vigor antes de fin de mes.
Consultado sobre la votación de este martes, el senador del Partido Nacional, Jorge Saravia, dijo a Montevideo Portal que mantiene su postura "contraria a desconocer lo que resolvió la ciudadanía sobre el tema. Ahora el Frente Amplio vuelve a insistir sobre el tema y se pasa por arriba a la ciudadanía".
"Otro elemento a tener en cuenta es que a través de un poder, como lo es el Poder Legislativo, se intente dejar de lado a la Justicia. Por eso nosotros vamos a votar en contra del proyecto", dijo Saravia.
El legislador, que en junio abandonó las filas del Frente Amplio, dijo que esperaba que "después de toda la discusión con la Ley de Caducidad y el proyecto Interpretativo, no se discutiera más y no se insistiera más. Esto divide en vez de sumar. No ayuda a dar vuelta la página y atiza fuegos del pasado que no sirven de nada. Hay que mirar para adelante y tenemos que cerrar temas del pasado más allá que se siga investigando y buscando a los desaparecidos".

Detalles del proyecto

El proyecto de ley consta de cuatro artículos y apunta a restablecer "la pretensión punitiva del Estado" para todos los delitos cometidos por agentes del aparato estatal desde 1973 hasta marzo de 1985, cuando se restituyó la democracia en Uruguay.
Al tiempo, declara estos delitos como "crímenes contra la humanidad, de conformidad a los tratados internacionales signados por el país", indicó la senadora oficialista Susana Dalmás.
De este modo, se evitará la prescripción automática el día 1 de noviembre de los delitos de torturas, violaciones, asesinatos y secuestros cometidos por la dictadura, tal y como había estipulado en mayo pasado la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al declararlos "ilícitos comunes".
A juicio del senador Jorge Saravia, no se puede seguir violando la Constitución. Y el Frente Amplio se arrogó el derecho por la vía de la mayoría, a creer que tiene la verdad revelada. Este es un tema peligroso para seguir atizando divisiones".
Consultados sobre su voto, Saravia adelantó que votará de forma negativa, "al igual que lo hice cuando integraba el Frente Amplio y vote contra el proyecto Interpretativo. Cuando se discutió el tema en 2010 yo dije que era un golpe de estado técnico".
Más allá de la negativa de Saravia se da por descontado que el proyecto será aprobado, dado que cuenta con los votos del resto de los legisladores elegidos por el Frente Amplio en ambas cámaras.


Los Defensores Eternos de La Impunidad Otra Vez se Niegan a Votar.


Mañana el Senado reeditará el debate sobre la ley de Caducidad, esta vez por un proyecto presentado por el Frente Amplio que declara que los delitos cometidos en dictadura no prescriben.
El proyecto prevé que no se computará el plazo de prescripción para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta 1985 y comprendidos en la ley de Caducidad, a los que define como de lesa humanidad y por ende que son imprescriptibles.
El Directorio del Partido Nacional analizó esta mañana la situación y decidió "rechazar definitivamente el proyecto de ley del Frente Amplio" considerando que el mismo "pretender ir en contra del pronunciamiento popular derogando con efecto retroactivo la ley de Caducidad", según aseguró a EL PAÍS digital Francisco Gallinal, senador de Unidad Nacional.
Gallinal comentó además que desde su coalición saben que hay que "cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana pero protegiendo siempre la constitución nacional".
Por su parte, el Partido Colorado ya definió que votará en contra de la propuesta oficialista.
El proyecto ingresará hoy al plenario del Senado, pero ya está acordado con el Frente Amplio que se pase a cuarto intermedio hasta el mañana, cuando se dará el debate.


Nacionalistas no Votan Proyecto para que Delitos no Prescriban.



Fuente: Subrayado

Facultad de Ciencias Sociales Ocupada.


Dentro de su plataforma, los estudiantes también reclaman que el Estado uruguayo se reconozca como criminal y lleve a cabo los mecanismos para “la investigación, persecución y juzgamiento de los delitos de lesa humanidad”.
Consultado por El Espectador, el dirigente estudiantil Diego Pérez señaló que “la decisión de ocupar nació de todo un proceso previo. Primero se hizo una acumulación de este centro de estudiantes y organizaciones sociales”. Luego “en una primera asamblea evaluamos el tema y en otra nos declaramos en conflicto para posteriormente decidimos ocupar”.
“La ocupación arranca este martes y terminaría el lunes 31, salvo que se promulgue la ley. Tenemos dos reclamos: uno es que se salve este escollo jurídico para evitar la prescripción tipificándolo como delitos de lesa humanidad” y el otro es que “el Estado debería reconocerse como criminal, apuntar a políticas de reparación integral y armar mecanismos”, dijo Pérez.
Consultado sobre la postura de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la cual sostiene que no se puede tipificar de delitos de lesa humanidad a los cometidos durante la dictadura porque se cometieron cuando no existían como tales esas figuras en el orden jurídico, Pérez opinó que “esto no es así, nuestro reclamo es como ciudadanos por lo terrible que está pasando”.
“Acá hubo un plan sistemático de represión a la ciudadanía: por ejemplo, cuando se juzgó a los nazis no había tipificada la crueldad de esa época como figura e igual se los juzgó. Por más que se hayan cometido los delitos antes de que se cree la figura, ese tipo de hechos es imprescriptible. La tierra sigue halando las cosas no prescriben están ahí, la prueba es el cuerpo que se encontró el viernes pasado”, sentenció.


Comunicado de Prensa.

A la opinión pública:

Nuestra sociedad se encuentra en una encrucijada. Según la lectura de la Suprema Corte de Justicia, los crímenes cometidos en dictadura son simples delitos comunes. La consecuencia directa de esto es que, pasado el plazo de prescripción, estos delitos no se pueden juzgar.
Sin embargo, estos delitos fueron cometidos por funcionarios del Estado, pagados por los impuestos de todos y contra toda la población civil. El Terrorismo de Estado recortó libertades, convirtiendo en rutina la tortura, la violación, la desaparición forzada y el asesinato, instalando el miedo en toda la sociedad, y no sólo en las víctimas directas. El horror y la crueldad de los verdugos escapa a la imaginación de cualquier ciudadano.
Nuestro país ha suscrito diversos tratados y convenciones sobre crímenes de lesa humanidad, siendo el más notable el Estatuto de Roma. Es así que, entendiendo la naturaleza de estos delitos antedichos, consideramos que no son simples delitos sino que, de acuerdo al derecho, son crímenes de lesa humanidad. Éstos no prescriben y deben ser perseguidos en cualquier momento, en cualquier lugar.
¿Quién cuestionaría que cualquier persona conmovida por el horror tenga derecho a construir Memoria, buscar Verdad y como producto de ella exigir Justicia? Nosotros, los estudiantes, no lo dudamos. Estamos convencidos que para construir una sociedad democrática hemos de marchar en un camino de Verdad, Memoria y Justicia, pues es la única manera de no repetir el horror.
En el marco de esta coyuntura, la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay se declaró en conflicto el día jueves 13 de octubre, y elaboró un plan de movilización. El segundo artículo de nuestra Ley Orgánica nos obliga, como universitarios, a “defender los valores morales, y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno.” Por lo tanto, rechazamos enfáticamente la tipificación de los Crímenes del Estado como delitos comunes, pues hacerlo, es negar tanto la existencia de un plan sistemático de represión y persecución a la sociedad toda, como el derecho a la Justicia.
Los estudiantes de Ciencias Sociales, por resolución de Asamblea del día jueves 20 de octubre, decidimos ocupar nuestra casa de estudios a partir del día martes 25 hasta el día 31 del corriente en señal de repudio a la prescripción de los crímenes de la dictadura. Entendemos que este reclamo no es patrimonio ni de los estudiantes, ni de las organizaciones sociales, sino de la sociedad toda. Nuestro reclamo concreto es la aprobación de un proyecto de ley que obligue a juzgar estos delitos como lo que son: crímenes de lesa humanidad. Nuestro sistema político, reticente a promover la construcción de un camino de Verdad, Memoria y Justicia ha de hacerse responsable por los crímenes que se cometieron desde el propio aparato del Estado y de su falta de voluntad política para enmendar esta situación.
Tambien somos conscientes de que una ley por sí sola no es suficiente para conseguir nuestro objetivo. El Estado debe reconocerse como criminal, e instrumentar los mecanismos para la investigación, la persecución y el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad.

POR VERDAD, MEMORIA Y JUSTICIA
NUESTRA MEMORIA NO OLVIDA
NUESTRA DIGNIDAD NO PERDONA
NUNCA MÁS TERRORISMO DE ESTADO

CENTRO DE ESTUDIANTES DE CIENCIAS SOCIALES – FEUU.

Montevideo, 21 de Octubre de 2011.


EL ABOGADO y catedrático de Derecho, Helios Sarthou fue enfático en calificar que la nueva maniobra del Gobierno en materia de derechos humanos, respecto a la prescripción de los delitos cometidos durante la dictadura, es una consolidación de la ley de caducidad. “Con la nueva ley quedan presos los que ya están y los que están libres siguen libres. Entonces, yo creo que hay un intento de sustitución, entregar huesos en lugar de responsabilizar”.
Sarthou en entrevista en Mañanas de Radio, matutino que se emite por Radio Centenario, explico las consecuencias que tendría esta nueva ley “Los que están presos van a tener las consecuencias de esa declaración que no les permite salir. Pero los que no están todavía esos se van a amparar sosteniendo que no se puede dictar una ley más negativa lo dice el Código Penal de la que tenían cuando ellos hicieron los delitos ”.
El proyecto de ley que prevé la calificación de los delitos cometidos en dictadura como delitos de les humanidad se votara con los votos del oficialismo este martes 25 en la Cámara de Senadores. “Con la nueva ley quedan presos los que ya están y los que están libres siguen libres” afirmo Sarthou.
Además señalo que en materia de el régimen de prescripciones de este tipo de delito existe toda una normativa internacional, inaugurada a partir de los años 70, que obligan al Estado
uruguayo a calificar a dichos delitos como de lesa humanidad y cuyas penas no prescribirían ante el paso del tiempo: “Yo, por ejemplo, he planteado muchas veces que el principio de imprescriptibilidad fue puesto por las Naciones Unidas en el año 70, antes de que pasara todo lo que pasó, nunca podían haber ido los jueces a procesar como si fuera
nada más que un homicidio común, eso es brutal. Pero Amnistía Internacional sacó una resolución en que les dijo que los miembros de la Suprema Corte habían violado el derecho internacional y a nadie se le mueve un pelo”.
“Son delitos de lesa humanidad, porque eso lo declaró también las Naciones Unidas en ese mismo año 70 prohibiendo que se dictara la ley de Impunidad. La ley que se dictó acá violó ese principio establecido. Y todavía hay una resolución 3074 de Naciones Unidas que prohíbe que cualquiera haga, no solo normas como la que se hizo acá, sino además otros medios, por eso los referéndum tampoco se podían haber hecho. Lo que hicieron fue poner los ojos en blanco algunos allí, cuento del tío. Entonces, el derecho internacional humanitario predomina sobre el derecho nacional, eso es una norma fundamental, como lo ha demostrado claramente la Amnistía Internacional”.
Es importante recordar que la responsabilidad de catalogar a los delitos cometidos durante la dictadura como delitos de lesa comunes no es solo de el Poder Judicial, el Parlamento podían haber iniciado el mecanismo de juicio político (previsto en la Constitución) contra los miembros de la Suprema Corte de Justicia; esto obviamente no se hizo pues el progresismo tiene el compromiso no ir a fondo en materia de derechos humanos.
“No anulan la Ley de Impunidad, porque no la anulan al decir que esos delitos son de lesa humanidad, no anulan la ley. Entonces, todos los que no han entrado todavía en el juicio, que no han sido procesados, todos esos van a usar esa ley. Habían pensado en derogarla pero era muy grueso porque notoriamente era para adelante. Entonces, no dicen nada, hacen esa declaración y no anulan la ley”.
Para Sarthou no se puede dejar de lado en esta materia que el accionar del Gobierno, y del oficialismo todo en materia de derecho humanos esta pautado por el pacto político con los
militares, prueba de ello fue el bochorno que paso con la supuesta derogación de la ley de caducidad. También se refirió a los recientes sucesos de hallazgo de restos humanos en el Batallón Nº 14“ La política que está pensada y expuesta por Mujica es: démosle los huesos para que lloren a sus muertos pero yo estoy dispuesto a conmutar la pena. Lo dijo, lo publicó... Que no iba a meter a nadie preso y que conmutaba la pena Bueno, Huidobro que dijo que él no iba a declarar nada si le preguntaba un juez. Eso no lo puede hacer un ministro, es un delito”.

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